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¿Qué se ha reformado de la ley de tráfico?

¿Qué se ha reformado de la ley de tráfico?

 

 

Se ha reformado la Ley de Tráfico el día 21 de diciembre de 2022.

Los principales cambios que entraron en vigor el pasado 21 de marzo de 2022, son:

 

  • Pérdida de 6 puntos por usar el móvil mientras se conduce. Se confirma la detracción de 6 puntos por utilizar, sujetando con la mano, el teléfono móvil mientras se conduce. La multa sigue siendo de 200 euros, pero se incrementa el número de puntos a retirar. El resto de los usos indebidos del móvil se castiga con 3 puntos. La Ley prohíbe expresamente utilizar el móvil manteniéndolo ajustado entre el casco y la cabeza del usuario.
  • Pérdida de 4 puntos por no usar cinturón o casco. También se confirma el aumento de 3 a 4 puntos en la retirada de puntos por no utilizar, o hacerlo de manera inadecuada, el cinturón de seguridad, dispositivos de retención infantil, casco y demás elementos de protección obligatorios. La multa sigue siendo de 200 euros.
  • Obligatorio cambiar de carril para adelantar a un ciclista. Hay novedades en cuanto al adelantamiento a ciclistas, pues se obliga a cambiar de carril para adelantar a un ciclista o ciclomotor en vías de más de un carril por sentido. Se incrementan de 4 a 6 los puntos que se perderán si se adelanta poniendo en peligro a ciclistas sin dejar la separación mínima de 1,5 m. La multa sigue siendo de 200 euros.
  • Prohibido parar o estacionar en carriles bici y vías ciclistas.
  • Pérdida de 6 puntos por tirar objetos a la carretera. Se aumenta de 4 a 6 los puntos a detraer por arrojar a la vía o sus inmediaciones objetos que puedan provocar accidentes o incendios.
  • Plazo de 2 años para recuperar el saldo inicial de puntos en todos los casos. Hasta ahora el plazo variaba en función de la gravedad de la infracción que se había cometido.
  • Recuperación de puntos por realizar cursos de conducción segura. Se podrán recuperar 2 puntos en caso de realizar cursos de conducción segura y eficiente siempre que se cumplan los requisitos establecidos y se tenga saldo positivo. Se compensará con dos puntos adicionales hasta un máximo de quince y con una frecuencia máxima de un curso de cada tipo cada dos años (pendiente de desarrollar por orden ministerial).
  • Los conductores menores de edad de cualquier vehículo no podrán circular con una tasa de alcohol superior a 0.
  • Alcoholímetro antiarranque obligatorio a partir de julio de 2022. A partir del 6 de julio de 2022, los vehículos destinados al transporte de viajeros que dispongan de interface para la instalación de alcoholímetros antiarranque (alcolock), deberán disponer de alcoholímetros antiarranque. Los conductores de estos vehículos estarán obligados a utilizar estos dispositivos.
  • Prohibido superar los 20km/h al adelantar en carreteras convencionales. Finalmente se suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h la velocidad cuando se adelante a otros vehículos en carreteras convencionales.
  • Permitido usar dispositivos inalámbricos en el casco. Se autoriza la utilización de dispositivos inalámbricos homologados en el casco de los conductores de moto y ciclomotor con fines de comunicación y navegación siempre que no afecte a la seguridad en la conducción.
  • Multa de 200€ por incumplir las restricciones de circulación en ZBE. Se incorpora una nueva sanción de 200 euros por no respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de bajas emisiones.
  • Multa de 500€ por hacer trampas en los exámenes de conducir. Se sancionará con 500 euros la utilización de dispositivos de intercomunicación no autorizados en los exámenes de conducir. Además, el aspirante no se podrá presentar de nuevo en el plazo de 6 meses.
  • Pérdida de 3 puntos por llevar instalados detectores de radares (aunque no los uses). Respecto a los detectores de radares, se sancionará el llevar instalados en el vehículo estos dispositivos. Hasta ahora la Ley hablaba de “utilizar”. También conllevará la retirada de 3 puntos.
  • Prohibido circular por la acera con patinetes​. En cuanto a los vehículos de movilidad personal (patinetes), se prohíbe su circulación por las aceras con algunas excepciones, así como por autopistas y autovías. Además, sus conductores están obligados a utilizar el casco.
  • Infracción leve por impago de peaje, tasa o precio público, cuando estos fueran exigibles.
  • Nuevo sistema que permite a empresas saber si sus conductores están inhabilitados. Se prevé el desarrollo de un sistema telemático para que las empresas que se dediquen al transporte de personas o mercancías y personas autónomas empleadoras puedan conocer si un trabajador suyo está habilitado para conducir.

 

Si necesita más información, póngase en contacto con nosotros y le ayudaremos sin ningún compromiso.

 

Ahorro Fiscal en el IRPF con Seguros de Ahorro

Ahorro Fiscal en el IRPF con Seguros de Ahorro

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un impuesto personal que varía progresivamente en función de los ingresos generados en el ejercicio fiscal (año natural), gravando la renta que obtienen las personas físicas residentes en España.

Este tipo de impuesto tiene un componente autonómico (50% del impuesto), lo que influye un poco en lo que se tributa en cada Comunidad Autónoma (consultar con su asesor fiscal).

Podremos tener un ahorro fiscal en el IRPF con seguros de ahorro (PPA, PP, PPI) en base a un NUEVO máximo anual general: 2.000 € (en primas pagadas en este tipo de seguros) que se restarán a los ingresos percibidos como si no los hubiésemos ganado, así podremos bajar de tramo y ahorrar en nuestra Renta al pagar menos porcentaje de gravamen sobre nuestros ingresos.

Las nuevas condiciones se han publicado en el Boletín Oficial de Estado la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de Estado para 2021, ley que entró en vigor el 1 de enero de 2021.

Principales novedades que afectan a las carteras de los Productos de Previsión (Planes de Pensiones Individuales-PPI- y Plan de Previsión Asegurado –PPA-:

1) Aportación Máxima Anual Privada: Disminuye la aportación máxima de 8.000 a 2.000 € (aportación al cónyuge pasa de 2.500 €s a 1.000 €).

2) Aportación Máxima Anual Empresa: Incrementa la aportación máxima de 8.000 € a 10.000 €.

 

Cuando contrata un seguro ¿sabe que es? o ¿que tipos hay?

Cuando contrata un seguro ¿sabe que es? o ¿que tipos hay?

 

 

En Quality Secure Correduría de Seguros su interés es que todos sus clientes estén bien informados en qué consiste el seguro que están contratando. Lo más importante que debe de tener Ud. en cuenta al encontrarse expuesto a sufrir de manera accidental algún daño, es el impacto económico que puede tener reparar o solventar el daño sufrido. Por lo tanto, una de las mejores formas de conseguir cubrir todas las eventualidades y su coste es a través de la contratación de un seguro.

 

¿Qué es un seguro?

Un seguro es el acuerdo que Ud. realiza con una compañía de seguros con el fin de que en caso de que Ud. o su empresa sufra algún daño que tenga cubierto en el contrato, pueda ser indemnizado total o parcialmente. Ud. a cambio de las coberturas que le ofrece la compañía, debe pagar una prima generalmente anualizada a la compañía.
Es de gran importancia que este asegurado, hay diversos seguros como el seguro de automóvil, responsabilidad civil, perros peligrosos y de una vivienda hipotecada, los cuales son seguros obligatorios contratarlos por Ley.

 

¿Qué es una póliza de seguro?

La póliza de seguro es el documento que detalla todas las coberturas pactadas entre Usted o empresa asegurada y la compañía aseguradora. En la póliza del seguro constan todos los derechos y obligaciones que se hayan pactado entre las partes. Consta una información básica que puede ser:
Datos personales del asegurado y la compañía de seguros
Descripción detallada de lo que asegura. (Debiendo estar bien descrito para evitar problemas futuros)
Cantidad de la prima a pagar y periodicidad de su pago
Qué periodo de vigencia tendrá: duración y fecha a partir de la cual es efectivo
Importe del capital asegurado.
Beneficios y endosos, es decir, las coberturas adicionales contratadas o modificaciones realizadas en el momento de la contratación.
Relación de beneficiarios en el caso de que los haya, que son los que recibirán la indemnización a pagar por la compañía.

 

Un pequeño glosario que le aclarara los conceptos:

Compañía aseguradora: Empresa que presta el servicio y queda obligada de indemnizarle en el caso que se produzca la causa asegurada en el contrato.
Asegurado: Titular del contrato que se encuentra expuesto al riesgo.
Contratante: Persona que firma el contrato de seguro y que está obligada a pagar la prima, que se calcula en función de eventualidad en la que se dé el siniestro y la historia aseguradora del cliente.
Beneficiarios: Personas a las cuales se indemnizará según las condiciones establecidas en el contrato en el caso de que se produzca la causa que ha motivado el citado contrato de seguro.

Hay que tener en cuenta los plazos que se estipulan en la póliza de seguro
Período de aceptación: Se trata del tiempo que transcurre entre la propuesta del seguro que ofrece la compañía para contratar y Usted o su empresa acepta la oferta.
Carencia de cobertura: Se trata del tiempo que transcurre entre el que la póliza se formaliza y la fecha que da inicio a las coberturas del seguro. Durante este período, el asegurado no tendrá ningún tipo de cobertura.

 

¿Qué tipos de seguros existen?

Cuando va a contratar un seguro hay que tener en cuenta que el contrato tiene que estar redactado teniendo en cuenta sus necesidades personales o profesionales. Los seguros se clasifican entre, seguros personales, seguros de daños o patrimoniales y los de prestación de servicios.
Es importante conocer sobre todo a qué riesgos nos encontramos expuestos y que nos costaría hacerles frente, y por otro lado lo que nos ahorraríamos si contratamos un seguro.

IMPORTANTE: Tenga en cuenta que lo que se ha descrito es una pequeña pincelada de las cosas que tiene en cuenta el personal de Quality Secure Correduría de Seguros a la hora de buscarle la mejor opción de seguro ajustada a sus necesidades.
Le aconsejamos que siempre que tenga que contratar un seguro sea un mediador profesional (corredor de seguros) el que le ayude y explique todas las cláusulas del contrato, y además le ofrezca la mayor confianza.

¿Quiere que su casa le proporcione ingresos complementarios?

¿Quiere que su casa le proporcione ingresos complementarios?

 

¿Sabes en que consiste la hipoteca inversa?

 

¿De qué trata este seguro?

 

La Hipoteca inversa vitalicia es ideal para mantener el nivel de vida cuando te jubiles, cada mes recibirás un ingreso extra de tu vivienda sin tener que venderla. Además, mantendrás todos los derechos como propietario y obtendrás beneficios fiscales.

La diferencia entre una Hipoteca Inversa y una hipoteca tradicional es que el titular no tiene que pagar nada al Banco, y la deuda acumulada sólo puede ser exigida por la Entidad Financiera 12 meses después del fallecimiento del último titular.

 

 

Diferentes tipos de Hipotecas Inversas

 

A pesar de que en la actualidad  es la única disponible en el mercado español, existen las siguiente modalidades que explicamos de manera muy breve y sencilla:

 

– Modalidad Vitalicia: El préstamo hipotecario se complementa con un seguro de rentas vitalicias que entra en funcionamiento en caso de que las personas mayores sobrevivan al plazo de concesión del crédito. Es decir, se garantiza que el cobro de las cantidades fijadas se percibirán viva lo que vivan las personas mayores. Además, podrán solicitar un anticipo de capital o disposición inicial.

– Modalidad Temporal: La cantidad mensual se cobra solo durante el plazo fijado por el banco en función de la edad del cliente.

– Modalidad de Pago Único: Se percibiría el montante total del crédito en una única disposición.

 

Beneficios de este seguro.

 

Liquidez continua

A través de un crédito con garantía hipotecaria transformarás tu hogar en un sobresueldo extra todos los meses.

 

Sin perder la vivienda

Tú y tus herederos mantendréis los derechos como propietarios.

 

Beneficios fiscales

Ideal para propietarios y residentes habituales en una vivienda libre de cargas.

 

Beneficios fiscales

La renta mensual no tributa durante los primeros años y luego se incorpora en el IRPF con grandes reducciones.

 

Total transparencia

Se te informará puntualmente cada mes del estado de la renta y la evolución de tu deuda.

 

 

Preguntas frecuentes

¿Conservo la propiedad?

Por supuesto. La Hipoteca inversa vitalicia es un crédito con garantía hipotecaria sobre tu vivienda y siempre se conserva la propiedad.

 

¿Qué gastos tiene cuando se contrata?

Los gastos son la tasación de la vivienda, impuestos, etc. También hay que contemplar el importe único del seguro de renta diferida que  permite cobrar la renta durante toda la vida.  Estos gastos se financian con el mismo crédito.

 

¿Cómo se calcula la renta mensual a percibir?

Depende de la edad del titular más joven, de la tasación de la vivienda y de la población donde se encuentra.

 

¿Cuándo se cancela la Hipoteca inversa vitalicia?

Cuando fallece el último titular de la Hipoteca inversa vitalicia o en cualquier momento con la devolución de la deuda pendiente.

 

¿Qué fiscalidad tienen las rentas?

Las rentas que se obtienen durante el tiempo de disposiciones no tributan en el IRPF. Los importes de las rentas vitalicias diferidas sí que tributan como renta diferida y están sujetas a retención. El porcentaje dependerá de la edad del titular cuando empieza a cobrarse la renta.

En el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el valor de la vivienda se reduce con el importe del crédito consumido

 

¿Hay algún inconveniente si en un momento determinado quiero vender la vivienda?

No, no hay inconveniente ya que la vivienda es de tu propiedad. Con la venta, se puede saldar la deuda acumulada hasta ese momento.

 

En Quality Secure Correduría de Seguros le ofrecemos toda la información que necesite, ya que es una forma muy interesante de mantener nuestro poder adquisitivo en el momento de la jubilación.

 

Nueva tendencia, contratar y activar el seguro solo cuando se necesita. ¿Nos interesa este nuevo servicio de las aseguradoras?

Nueva tendencia, contratar y activar el seguro solo cuando se necesita. ¿Nos interesa este nuevo servicio de las aseguradoras?

 

 

Con la ayuda de las nuevas tecnologías las compañías de seguros  están lanzando al mercado los seguros disruptivos, que rompen con lo establecido hasta ahora buscando nuevos mercados y soluciones con planteamientos totalmente diferentes a lo tradicional.
Para algunos es la evolución lógica de aprovechar las nuevas tecnologías y la era digital. Para otros, la revolución del seguro, y quizás solo para unos pocos, todo esto puede ser no más que una involución, no muy lógica, ni quizás entendible.

 

 

¿Por qué?

 

Veamos unos ejemplos.

¿Quién no se ha planteado en el seguro de coche lo siguiente?
¡Pero si yo con lo poco que lo utilizo para qué tengo que pagar todo un año completo! Si sólo conduzco ocasionalmente y casi siempre el coche está en el garaje. Surge el seguro de coche que incluye un dispositivo en el vehículo que contabiliza los kilómetros reales de circulación y tarifica el seguro en función de los kilómetros efectivos.
¿Y en el de vida?
El seguro podría tener más en cuenta el tipo de vida que realizas, claro que para ello deberías tener una aplicación móvil, pulsera…. que midiera la calidad y cantidad de ejercicio que efectivamente haces.
Así como seguros adaptados a dispositivos móviles que detecten cuando estás en una estación de esquí o en un aeropuerto, y puedan ofrecerte un seguro de viajes o de accidentes, para unos días u horas.

La idea en sí misma no cabe duda que es buena. Con la ayuda de las nuevas tecnologías podríamos pensar que el seguro lo activamos o desactivamos cuando deseamos, para pagar solo el tiempo en el que lo necesitamos.
Echemos la vista atrás
Sin embargo, hace muchos años, si alguien quería asegurar su vivienda, tenía que contratar un seguro de incendios, otro de responsabilidad civil, de robo, de daños por agua, etc., en definitiva, tantos seguros como riesgos precisásemos proteger.
El problema era que podríamos tener diferentes vencimientos, diferentes importes de seguro, y era un jaleo gestionarlo. Por lo que las Aseguradoras agruparon las coberturas en los denominados seguros multirriesgo simplificando la gestión y administración,  pudiendo así cobrar menos por todo en conjunto.

 

 

Que desventajas le vemos a los seguros disruptivos

 

Ahora vamos a lo contrario, a desagregar lo agregado e intentar o procurar estar cubierto solo en los momentos que lo precisamos, es decir, cuando creemos que existe mayor riesgo. Y pensamos que nos van a cobrar lo mismo.
Si por ejemplo un seguro de un coche nos cuesta anualmente 365€ para un determinado nivel de protección, y eso equivale a 1€ diario, si solo activamos el seguro en 80 días del año, ¿nos va a cobrar la Aseguradora 1 € por día, es decir, un total de 80 €? Pues no, seguro que no.
Además, existe el grave riesgo de que con tanto activar y desactivar el seguro, en algún momento que debería estar el seguro activado, no lo hubiésemos hecho, y nos quedaríamos desprotegidos de una forma imprevista.
¡Ojo con los seguros disruptivos! Y las nuevas tendencias de moda, no siempre lo que nos pintan como maravilloso es realmente beneficioso, hay que analizarlo con calma. Y sobre todo con profesionalidad.

Ahora ¿tu que opinas?

 

 

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